El régimen de maquila paraguayo es uno de los incentivos industriales más competitivos de América del Sur. Regulado por la Ley 1064/1997 "De la Industria Maquiladora de Exportación" y su Decreto Reglamentario 9585/2000 (con actualizaciones sucesivas), permite a empresas nacionales y extranjeras procesar o ensamblar bienes para exportación con un tratamiento fiscal único.
¿Cómo funciona?
Marco legal vigente: Desde el 8 de septiembre de 2025 rige la Ley 7547/2025, que moderniza el régimen de maquila e incorpora servicios (BPO/ITO/software). Los programas registrados bajo la Ley 1064/97 mantienen sus beneficios durante un período de transición de 12 meses (hasta sep-2026); los nuevos programas se rigen directamente por la 7547/2025. Mientras tanto, las tasas estructurales (1% sobre valor agregado, importación temporal sin aranceles ni IVA) se mantienen.
La maquila paraguaya opera bajo un esquema de importación temporal: los insumos entran al país sin pagar aranceles ni IVA, se procesan o ensamblan, y el producto final se exporta. Solo el valor agregado localmente tributa, con una alícuota única del 1%.
Sectores habilitados
- Manufactura textil y confección
- Electrónica y tecnología
- Industria automotriz (autopartes)
- Procesamiento agroindustrial
- Servicios exportables (BPO, call centers, software)
Requisitos para registrarse
- Constituir una empresa en Paraguay (SA o SRL)
- Presentar proyecto de inversión ante el CNIME (Consejo Nacional de Industrias Maquiladoras)
- Obtener resolución de habilitación (plazo: 30–60 días)
- Firmar contrato de maquila con la empresa comitente extranjera
Datos del sector (2025)
Según el CNIME, al cierre de 2024 había más de 300 empresas registradas y cerca de 29.000 empleos directos generados.
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